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Uribe firma ley de confiscación definitiva

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Bogotá / Colombia
EFE

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Uribe está decidido a devolverle la paz a Colombia, azotada sin compasión por la violencia.

El presidente colombiano, Alvaro Uribe, firmó hoy una nueva ley de confiscación definitiva de bienes sin indemnización, en procesos cuya duración se reducirá de dos años a cuatro meses, informaron fuentes oficiales.

La nueva norma, destinada a combatir el narcotráfico, el secuestro, la corrupción y la adquisición de bienes de manera ilícita, reduce el tiempo de duración del proceso de dos años a cuatro meses.

Según las fuentes, al entrar en vigor la ley, serán más ágiles los procedimientos, además de crearse un novedoso sistema de pago de recompensas para quienes denuncien bienes adquiridos con dineros ilegales o capitales de origen no justificado.

Actualmente, el Consejo Nacional de Estupefacientes es depositario de más de cien mil bienes confiscados en los últimos años, entre muebles, inmuebles, animales de granja, acciones y vehículos, y ante la falta de una legislación apropiada, no podía, hasta ahora, donar, vender, alquilar o usufructuarlos.

Los procesos, según la ley, serán iniciados por la Fiscalía General de la Nación tras recibir denuncias presentadas por entidades públicas o privadas, de cualquier persona natural, así como por información suministrada por entidades internacionales con las que el Gobierno colombiano tenga convenios de cooperación.

Las recompensas se pagarán a las personas que denuncien de manera eficaz y contribuyan a la obtención de pruebas para la declaración de la "extinción del dominio".

La retribución equivaldrá al cinco por ciento de lo que el Estado obtenga por la liquidación de los bienes denunciados, que podrán ser vendidos con referencia a su precio comercial.

La Ley establece "como actividades que pueden ser objeto el proceso de extinción de dominio el enriquecimiento ilícito, los delitos en contra del tesoro Público y los intereses del Estado".

También, "las actividades que causan deterioro a la moral social, atenten contra la salud pública y el orden económico y social, así como las actividades que vayan en contra de la seguridad pública".

En ellas se incluyen el secuestro, la extorsión y el proxenetismo. La nueva norma indica que si el acusado no se presenta a defender sus bienes en un plazo de tres meses, se entenderá como abandono del patrimonio en bien del Estado.

 

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