La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia declaró ilegal el artículo tercero del Acuerdo Municipal Nª 4 de 29 de enero de 2002, dictado por el Consejo Municipal de la Chorrera, por el cual se clasifican los establecimientos identificados como: pensiones o casas de alojamiento ocasional, sujetos a un impuesto mensual.
La impugnación se da, luego que el representante legal de la Asociación Iberoamericana de Panamá (ASIPA), el jurista José Manuel Rodríguez, interpusiera una demanda contenciosa administrativa. El Tribunal presidido por los magistrados: Víctor Benavides, Winston Spadafora y Adán Arnulfo Arjona, establecen un límite a la jurisdicción y competencia del Consejo Municipal.