Domingo 6 de octubre de 2002

 

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Piropo en el trabajo puede ser considerado como acoso

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Eliécer Navarro
Crítica en Línea

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Toda proposición o insinuación sexual no consentida por quien la reciba

La delgada línea que divide el límite entre un inocente piropo y una insinuación ofensiva para una mujer, podría ser la misma que separe a compañeros de trabajo de ser sancionados con 550 balboas de multa y una indemnización de 3 mil balboas, de acuerdo con el anteproyecto de ley que busca prevenir y sancionar el acoso sexual en el trabajo y el sistema educativo.

Este anteproyecto, propuesto por la legisladora Gloria Young, define al acoso sexual como "toda proposición o insinuación sexual no consentida por quien la reciba, ya sea que hubiera ocurrido una sola vez, o en forma reiterada, y que provoque un efecto perjudicial en las condiciones o el desempeño laboral o educativo".

Por otro lado, describe la figura de "hostigamiento sexual" como la "conducta ofensiva que afecta el ambiente de trabajo y que hace difícil, hostil o degradante el desempeño laboral, que no requiere la petición de un favor sexual".

Este tipo de hostigamiento se manifiesta a través de palabras de naturaleza sexual, ya sea verbal o por escrito; de acercamiento corporal u otros comportamientos físicos no consentidos y ofensivos para quien los recibe; y exposición de material impreso sexualmente explícito, fotos o bromas de contenido sexual.

De ser aprobado el anteproyecto, se obligaría a todas las empresas y entidades públicas a practicar medidas preventivas contra el acoso y el hostigamiento sexual. De fallarse un caso de acoso sexual en su empresa, el dueño de la empresa enfrentaría una multa de entre 250 balboas hasta 550 balboas.

Tanto las empresas públicas como instituciones privadas estarían obligadas a preparar informes sobre casos denuncia de acoso sexual.

Para los acosadores, las sanciones que comienzan con el despido y terminan con una indemnización a la persona ofendida de no menos de 3 mil balboas.

Incluso se contempla a los estudiantes acosadores, a los que se les castigaría con la suspensión por un mes (para los de educación básica) o un bimestre (educación media); además de que sería sometido a tratamiento psicológico.

 

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