Legal nombramiento de abogado consultor en Estí

Berta Vega
Crítica en Línea
La junta de representantes del Consejo Municipal de Gualaca señaló que el nombramiento de un abogado consultor es legal y sus funcionares y honorarios son regulados por esta institución. Aseguran que la medida se apoya en la ley 106 de 1973 que se refiere a la figura de un abogado consultor en los municipios de cada distrito. La aclaración del nombramiento de Castillo se da luego de que la asociación pro desempleados del distrito de Gualaca denunciara ciertas anomalías con el uso de los B/. 75 mil entregados al municipio por la empresa AES del proyecto hidroeléctrico Estí. Según los concejales, Leticia Ortega y Esteban Madrid, quienes aprobaron el proyecto de acuerdo donde se establecía y nombraba a Florencio Castillo, la medida obedeció a que el Concejo necesitaba los servicios de un abogado. Aclararon que por razones presupuestarias el municipio no disponía de las partidas para el pago de servicios profesionales a un abogado, sin embargo, se han obtenido nuevas entradas para hacer frente a este compromiso. Agregan que los honorarios se determinarán de acuerdo a las gestiones judiciales y extrajudiciales que realice, en atención a la cuantía del crédito que logre recaudar. Este abogado se encargará de absolver consultas jurídicas de manera verbal que le soliciten los miembros del Concejo y Alcalde, al igual que fungir como apoderado judicial del municipio ante los tribunales en que éste aparezca como demandante o demandado. Deberá asistir a las reuniones del Concejo y asesorar en los juicios que se sigan contra los contribuyentes morosos del fisco municipal. Las aclaraciones de los ediles se dieron en el marco de un Concejo, producto de las interrogantes de algunos moradores del con respecto al uso del dinero otorgado por el proyecto Estí, que alegaban no debía invertirse en el pago a un abogado, puesto que en el poblado hay urgencias más notorias.
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