La posibilidad de que Teresita de Arias se convierta en una "Llanera Solitaria" está más cerca de lo que muchos creen. El fiscal Electoral, Gerardo Solís, presentó ante la Corte Suprema de Justicia tres recursos de inconstitucionalidad, que le allanan el camino a la legisladora para volver a la Asamblea.
Hace dos meses, Solís demandó ante la Corte un decreto del propio Tribunal Electoral que reglamentó el artículo 292 del Código Electoral, permitiendo que cuando una curul se gana por el método de residuo, ese escaño pueda ser adjudicado al partido pequeño, cuando el colectivo aliado renuncia a ella.
A juicio de Solís, existe una abierta contradicción entre el decreto y el Código, que establece claramente que en "todo caso, la curul por residuo es del partido más votado".
En el circuito 8-8, el PRD incluyó en su papeleta a Rubén Arosemena, quien a su vez aparecía en la del Partido Popular. Este logró 15 mil votos perredistas y 4 mil de su colectivo.
Gerardo Solís sostiene que es claro, que la curul de Arosemena -que será ocupada por su suplente Jorge Hernán Rubio- es del PRD. Además, resaltó que la Corte ha sido reiterativa al afirmar que los decretos reglamentarios nunca pueden ser contrarios al texto de la ley.
Frente a esa situación del circuito 8-8, surgió la figura del "Llanero Solitario", que equivale a la concesión de una curul a todo partido que subsista en las elecciones y no logre legisladores. El fiscal Solís sostiene que esa posición le corresponde a Teresita de Arias , quien al lograr 8,500 votos en el circuito 8-9, fue la candidata del Partido Popular que más respaldo obtuvo en los comicios pasados.
Sin embargo, el Tribunal Electoral consideró que el PP ya tenía una curul en el 8-8 y no procedía reconocerle el "Llanero Solitario", situación que motivó otra demanda de Solís.
Las opciones de Teresita de Arias son tan buenas, que ya la procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher y el procurador de la Nación, José Antonio Sossa, han opinado a favor del criterio de Gerardo Solís.