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Miguel Antonio Bernal. |
La Corte Suprema de Justicia no admitió un Amparo de Garantías Constitucionales interpuesto por el catedrático Miguel Antonio Bernal contra el decreto ejecutivo No. 68 de 30 de junio de 2004, que convocó a sesiones extraordinarias para reformar la Constitución.
A juicio de Bernal, la ministra de la Presidencia, Mirna Pittí se excedió de sus funciones al refrendar el decreto en cuestión, ya que no es autoridad competente para convocar a la Asamblea a sesiones extraordinarias.
Según los magistrados, el decreto en cuestión no debió atacarse a través de un Amparo, porque éste sólo procede contra una orden específica que viole el derecho fundamental de una persona y no procede contra normas legales o reglamentarias.
En el fallo bajo la ponencia del magistrado Alberto Cigarruista se advierte que los argumentos expuestos por Bernal podrían ser objeto de análisis dentro de una acción de Inconstitucionalidad.
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