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Nuevas disposiciones a proyecto que regula Agencias de Seguridad

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Carlos Estrada
Crítica en Línea

Novedosas iniciativas han sido introducidas al anteproyecto de ley que normaliza las funciones de las llamadas agencias de seguridad particulares.

Entre las propuestas realizadas, principalmente por los organismos policivos y que la ley actualmente no regula, están la introducción de las unidades caninas, las vigilancias aeroportuarias, servicios de protección en las zonas libres a nivel nacional, seguridad de guardaespaldas, de explosivos, e incluso de detección de narcóticos.

Desde la presentación inicial del anteproyecto se ha sometido a una amplia consulta con todos los organismos involucrados en el asunto, pero el interés prestado por parte de los agentes legales de estas agencias ha sido mínimo.

Jaime E. Luque Pereira, director de Seguridad Pública del Ministerio de Gobierno y Justicia, señala que las consultas al documento, el cual cuenta con aproximadamente 44 artículos, se mantienen abiertas dando tiempo a la confección de un borrador completo y bien discutido.

Las Autoridad Marítima Nacional y la Policía Nacional, son algunas de las instituciones especialistas consultadas para que plasmen sus ideas al proyecto.

En síntesis el documento tiene como finalidad la implementación de medidas que regulen de una vez por todas las funciones que desarrolla, en la actualidad, estas instituciones particulares de seguridad y los más importante mantener una constante comunicación con las autoridades respectivas.

Cabe destacar que los servicios de seguridad privada es un actividad catalogado y clasificado dentro de los de naturaleza especial por ley, y para que el Ministerio de Comercio e Industria otorgue una licencia de operación, previamente el Ministerio de Gobierno y Justicia los califica para realizar la actividad y luego emite un resuelto de aprobación legal.

 

 

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Cabe destacar que los servicios de seguridad privada es un actividad catalogado y clasificado dentro de los de naturaleza especial por ley, y para que el Ministerio de Comercio e Industria otorgue una licencia de operación, previamente el Ministerio de Gobierno y Justicia los califica para realizar la actividad y luego emite un resuelto de aprobación legal.

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