Por violentar los derechos humanos de las mujeres fue demandada por inconstitucional la Ley 48 de 1941, que permite la esterilización condicionada.
La Alianza de Mujeres de Panamá acudió a la Corte Suprema de Justicia a presentar su oposición a esta norma contemplada en la Ley Sexual y Reproductiva, que-según lo analizado por el movimiento-infringe la Constitución Nacional y los convenios internacionales firmados por Panamá.
"Afecta los derechos humanos en materia de salud, la plena autonomía en materia de derechos sexuales y reproductivos, porque para poder hacerse una operación y no tener más hijos se le condiciona que debe tener cinco hijos vivos, cierta edad (35 años), se le pide la autorización del compañero o cónyuge", criticó la abogada Mariblanca Staff Wilson.
Para la abogada Haydé Méndez Illueca, la Ley indica que con tantos requisitos ya no es necesario operar si la situación de la mujer llega a línea de pobreza.
Sin embargo, se hace la comparación por parte de la Alianza de Mujeres que quienes pueden pagar la esterilización no necesitan ninguno de esos requisitos.
Teresita Yanis de Arias, parte de la Alianza, explicó cómo esa ley se aplica selectivamente, porque todos saben que aquellas mujeres con recursos económicos pueden acudir a las clínicas y consultorios privados, no hay limitación en edad y número de hijos.