viernes 28 de enero de 2011 

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Accidentes de tránsito

En pocos días debe entrar en funcionamiento la Ley 21 del 28 de mayo de 2010, que dicta medidas sobre accidentes menores de tránsito. La idea es que prácticamente los conductores involucrados en colisiones hagan una especie de parte de tránsito preliminar, muevan los vehículos para no afectar la circulación del resto de los autos y esperen a la autoridad.

Sin duda que se hace necesario agilizar la reapertura de las calles tras un accidente, pero la medida se adopta básicamente frente a la incapacidad de la Autoridad del Tránsito y de la Dirección de Operaciones para atender con prontitud la confección de los partes. Se entiende que en lugares alejados, esos funcionarios demoren en llegar, pero en muchas ocasiones los involucrados deben esperar horas y horas, a pesar que la colisión se produjo en plena área metropolitana.

En el país circulan casi 450 mil vehículos y se registran en promedio 4, 000 accidentes menores por mes, por lo que resulta preocupante que se delegue la responsabilidad a los conductores que ahora deberán portar obligatoriamente el "formato único definitivo para accidentes de tránsito menor" y tomar fotografías de la colisión.

Ya faltan cercan de tres días y en realidad no hay una campaña efectiva para educar a los conductores sobre el nuevo procedimiento. Habrá que preguntarse si una vez los conductores hagan el parte previo y remuevan los autos para no entorpecer la vía, cuánto tiempo deberán esperar al agente del Tránsito. En todos los países, la efectividad de la Policía se mide conforme a su tiempo de respuesta ante un incidente.

Claro que la población debe cooperar para hacer más efectiva cualquier labor de las autoridades, pero no puede ser posible que ahora hay más agentes de la ATTT y de la Dirección de Operaciones de Tránsito, y se tenga que delegar sus funciones a particulares.

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