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Veinte años de cárcel para Félix

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Florencio Gálvez F.
Crítica en Línea

El Segundo Tribunal Superior impuso penas de 20 años de prisión a Félix Alberto Camargo Ríos y Migdalia Pineda, tras considerarlos responsables del homicidio doloso en perjuicio de la señora Graciela Esther Cedeño González y el recién nacido Félix, suceso violento con ribetes sentimentales ocurrido el 17 de Junio de 1998.

La señora Graciela Cedeño fue encontrada sin vida en el Cuarto No. 11 de la residencia no. 78 del sector de la Riviera, Pedregal y la necropsia determinó como causas de la muerte asfixia mecánica por estrangulación al cuello.

Ese mismo día se halló muerto en Villa Esperanza, final del Corredor Norte, Los Andes No.2, el recién nacido Félix Cedeño, quien según el protocolo de necropsia elaborado por el Doctor Luigui Barrera, pereció por asfixia mecánica por sofocación.

De acuerdo al Fiscal Cuarto Superior, Dimas Guevara, el móvil de los homicidios consiste en un triángulo sentimental, debido a la relación que tenía el imputado con la occisa por cuanto había de por medio, a quien debía darle pensión alimenticia primero en forma voluntaria y después exigida por las autoridades y reclamaba al respecto.

A su vez tenía relaciones de marido y mujer con la acusada, entonces ambos procesados concurrieron a la casa de la occisa, "la mataron, tomaron al niño" también lo liquidaron, transportándolo posteriormente en un taxi al que taparon la identificación a fin de no ser descubiertos y abandonaron al menor en el área del Corredor Norte de Los Andes No.2., actividades ilícitas calificadas como premeditadas por el Fiscal Cuarto Superior, Dimas Guevara.

Sin embargo, Mireya Rodríguez Monteza, abogada defensora de oficio del procesado Félix Alberto Camargo Ríos, pide una serie de consideraciones al momento de individualizar judicialmente le pena.

Una de ellas es la confesión de su cliente y otra el arrenpentimiento por que Félix "fue incitado por la imputada Migdalia Pineda, a cometer el hecho debido al dominio total que esta ejercía sobre él y son personas producto de un hogar destruido".

La acusada es violada por su hermano mayor a los 10 u 11 años, ingresa como adicta a las drogas a Hogares Crea, tiene una vida frustrada e incluso Migdalia decidía como se daba la pensión, fue una pelea entre dos mujeres, en vista de que una amenazaba de muerte a la otra.

Pero no es lo mismo una persona que planifica "con el deseo de hacer algo y la imputada en forma hábil se excluye y dice que está arrepentida, por esos motivos solicita tomar en cuenta todas esas circunstancias".

 

 

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Pero no es lo mismo una persona que planifica "con el deseo de hacer algo y la imputada en forma hábil se excluye y dice que está arrepentida, por esos motivos solicita tomar en cuenta todas esas circunstancias".

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