REFLEXIONES
"El derecho de autor"

Carlos Christian Sánchez
Hace varios días recorrí Calidonia y la Avenida Central en busca de novedades en el ambiente musical. Algunos puestos de buhonería improvisada tenían cassettes, discos compactos o hasta videos con canciones de Reggae, Salsa y Merengue. Cuando regresaba en otra fecha, misteriosamente esos puestos desaparecían, supongo ante la posibilidad de ser detenidos por violar el derecho de autor. La tecnología nos permite tener la posibilidad de copiar el audio de las canciones. El DVD, el VHS, las avanzadas computadoras y el CD Recorder abre la tentación para tener nuestro propio material musical, sin necesidad de pagar un centavo al dueño creador de la obra artística sonora. Es más, las nuevas grabadoras digitales y el MP3 han revolucionado tanto la forma de obtener música gratuitamente, que en cada segundo se viola el derecho de autor. Es cierto que las leyes internacionales regulan el asunto del Derecho de Autor en la cuestión musical, pero a finales del año 2000, hemos llegado a considerar la aplicación intensiva de la ley de protección del material intelectual artístico musical, sobre la base de cuestiones ambiguas y vagas. El juega vivo de algunos panameños llegó al límite de la tolerancia. Cierta gente que dice representar a una variada gama de autores y compositores, pretende cobrar a taxis, autobuses, restaurantes y hoteles por el sólo hecho de escuchar música. Desde el primero de enero del 2001, las canciones de los artistas serían un lujo exclusivo para las personas con dinero. Hoy en día, es casi imposible regular la violación del material audiovisual y tengo razones plenas para contradecir la aplicación de semejante ley. Hasta hace poco en los Estados Unidos, hubo un caso controversial entre la empresa virtual "NAPSTER" y las grandes productoras musicales, por la proliferación de canciones de artistas famosos en la Internet. Como todos saben, el mundo virtual de la computación por línea global es ilimitado, por lo que un grupo de pioneros decidió promocionar la música independiente en la Internet. Pero otra gente aprovechó el sistema "NAPSTER" para copiar el material musical de los artistas de renombre. ¿Qué resultó? NAPSTER ganó la batalla judicial frente a la aplicación del Derecho de Autor de los compositores en los mismos Estados Unidos. Es decir, la Internet y la tecnología han "liberalizado" las regulaciones ante el copiado de las canciones musicales, lo que impide la implementación de castigos a los usuarios de la red que escuchen el material de audio. Entonces señores de la Sociedad Panameña de Autores y Compositores, ustedes ya no tienen justificación en la jurisprudencia internacional para pretender regular el asunto de las canciones musicales en Panamá, existiendo un gran precedente legal en el mismo país que promocionó el tema de la regulación del Derecho de Autor, permitiendo "copiar" y "escuchar" gratuitamente música variada.
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