Las nuevas reformas al Código Electoral, aprobadas por el Órgano Legislativo, no sólo descartó la posibilidad que la población conociera la identidad de los donantes a las campañas políticas, sino que introdujo nuevos requisitos para legalizar una candidatura política por libre postulación.
Para la libre postulación a diputado se requiere que los firmantes o adherentes no estén inscritos en partidos políticos. La norma anterior permitía una mayor apertura, al estipular solamente que los firmantes debían aparecer en el padrón electoral.
Esta misma norma aplicará en el torneo electoral del 2009 para los candidatos para alcaldes, concejales y representantes de corregimiento que opten por la independencia política.
Además los partidos políticos podrán importar libre de derechos de introducción y demás gravámenes equipos informáticos y mobiliario de oficina.
La publicidad electoral será permitida durante los 60 días calendarios previos a una consulta popular y dentro de los 30 días calendarios previos a una elección partidaria interna.
La ley seca no tendrá efecto para los ciudadanos extranjeros en el territorio nacional. Los Hoteles se convertirán en una especie de "República" con soberanía comercial durante la votación.
El proyecto de ley mantuvo la prohibición de las donaciones privadas que provengan de personas jurídicas que no ejerzan actividades económicas dentro de la República, las donaciones o aportes anónimos y las donaciones que provengan de gobiernos extranjeros.