Los tres miembros del Servicio de Protección Institucional (SPI) que sirvieron de escoltas al colombiano David Murcia Guzmán, condenado en Colombia, fueron sobreseídos provisionalmente del delito contra la administración pública por el Juzgado Noveno de Circuito Penal.
En el fallo emitido ayer, martes, por el juez suplente Noveno de Circuito, Diego Fernández, observó que el delito contra la administración pública por el cual se les investigó a los seguridad presidenciales no fue acreditado fehacientemente en la etapa sumarial.
"No se determinó la existencia de un hecho punible, así como tampoco la vinculación de que Fernando Alexis Aguilar Marquínez, Arles Araúz Miranda, Rodrigo José Ureña Romero hubiesen causado lesión patrimonial al laborar para David Murcia Guzmán, como parte de su escolta personal durante sus días libres o de permiso", señala la resolución No. SP-327.
En el informe de auditoría solicitado a la Contraloría, donde se trató de determinar si el servicio privado brindado por los miembros del SPI, lesionó el patrimonio estatal, no consta en el expediente, por consiguiente, no existe fundamento que demostrara una lesión patrimonial.
La investigación surgió con la destitución de los tres miembros del SPI en marzo de 2009, cuando se inició una investigación en la Fiscalía Segunda Anticorrupción.