El Juzgado Sexto Civil condenó a los responsables de la muerte de Ricardo Vega, a pagar un resarcimiento económico de 2, 3 millones de balboas.
El suceso ocurrió el 5 de noviembre de 2003, en el Estadio Nacional, al comenzar un juego internacional de béisbol. Los fuegos artificiales estallaron en las gradas y alcanzaron a Vega, de 41 años, e hirieron a Carlos Julio, de 37 años; a su hijo de igual nombre, de 11 años; y a Yorelis Cerrud, de 19 años.
Los beneficiarios en esta demanda civil son las hijas de Vega: Emili, Nicole y Michell, así como los vecinos que acompañaron a Vega al juego, Carlos Julio y su hijo Carlitos, quienes sufrieron graves quemaduras.
En este proceso, el juez Víctor René García condenó a John Robinson Espino, dueño de la Pirotécnica Guararé; a la Cervecería del Barú S. A.; a la Dirección y Administración de Empresas DAESA y al Patronato del Estadio Nacional de Béisbol, a pagar solidariamente a los menores la suma de 21 mil dólares en concepto de reparación de daño emergente o materiales.
Ordenó pagar 750 mil dólares en concepto de lucro cesante; 1 millón 500 mil dólares en reparación de daños morales y psicológicos a las niñas Vega.
La condena insta a pagar por daño emergente B/.150 mil a los demandantes Carlos Julio Joseph y a su hijo Carlos Julio Solís.