La ola de criminalidad en nuestra querida Patria ha ido en aumento, pese a esfuerzos desplegados por estamentos de seguridad y policiales para bajarlo.
Pero no sólo los adultos incurren en actos delictivos, sino que en un innumerables casos, los menores de edad andan en actos similares.
Lo anterior no es un invento, ni mucho menos ganas de "fregar" la paciencia. Los números hablan por sí solos.
Un informe elaborado por la Unidad de Análisis de Estadística Criminal de la Policía Técnica Judicial encrespa al más pintado, respecto a la participación de los "muchachitos" en actividades delictivas.
Robo, posesión ilícita de armas de fuego, lesiones personales y homicidios son algunos de los expedientes donde figuran "los niñitos" haciendo de las suyas.
Los inquietos "chavalines" cometieron 354 robos con armas de fuego.
Pero 176 figuran en expedientes por lesiones personales, 75 por posesión ilícita de armas de fuego, 51 por homicidios, 124 por tráfico de drogas y por robo, según el informe elaborado por la Unidad de Análisis de Estadística Criminal.
Pero allí, no para la cosa. A criterio de varias fuentes consultadas, es indispensable modificar parte de un mamotreto llamado Ley 40, relacionada a los menores.
Uno de los consultados fue el letrado Benito Mojica, quien tiene sus apreciaciones respecto a este áspero tema.
"La ley 40, que automáticamente ordenó una Ley explicítamente para menores, determina que la realidad de los muchachos por la minoría de edad, implica que sus actos no están sujetos a responsabilidad", señaló el jurista.
Pero es indispensable que nuestra legislación cambie, en vista de "que un menor que transgrede la Ley, automáticamente traspasa las líneas del orden social, y al hacerlo, con ello trae consecuencias, pero esas conductas no pueden ser revisadas por un juez de Circuito Penal porque el mismo está atado de pies y manos", advirtió el abogado.
Es necesario modificar la Ley. De lograrse esa transformación, "los menores de edad deben entrar dentro de los parámetros, de por lo menos los delitos graves como homicidios".
Los muchachos que cometan esos actos "deben ser procesados y juzgados, igual como ocurre en el sistema anglosajón donde cuando un menor delinque, es procesado y sancionado porque la gravedad de este delito se eleva a la categoría mayor o adulta", manifestó Mojica.
Es necesario que la Asamblea Legislativa, o como se llama ahora de diputados, proyecte una ley que busque elevar a categoría de delito grave el homicidio cometido por un menor de edad, enfatizó el letrado.
Para que Usted, estimado lector, no se haga engaños, es menester recordar lo contemplado en el Artículo 163, del Título Quinto llamado "Del Menor autor o partícipe de una infracción penal", que forma parte del llamado "Código del Menor" Decreto número 2737 de 1989.
Aquí se señala que "ningún menor podrá ser declarado autor o partícipe de una infracción que no esté expresamente consagrado en la Ley penal vigente", verdad que es menester cambiar este mamotreto, pues de lo contrario los "muchachitos" seguirán haciendo de las suyas, cometiendo delitos de toda índole, ya sean robos, posesión de armas, drogas, homicidios y hurtos, verdad, verdad.