Todo aquel que tenga conocimiento sobre un delito sexual cometido contra un menor de edad, debe denunciarlo de lo contrario se convierte en cómplice de este delito, que ahora cuenta con la Ley 16 del 31 de marzo del 2000 como un nuevo instrumento legal.
La Defensoría del Pueblo, que funge como coordinador del Frente Nacional Contra la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de Niñez y Adolescencia, inició ayer el proceso de divulgación de dicha norma.
La nueva Ley amplia la gama de delitos como la trata sexual, el turismo sexual, la pornografía infantil y se aumentan las penas de privación de libertad. A su vez se adiciona la pena de días multas contra los infractores y se establecen disposiciones procesales como la figura de operación encubierta, la investigación oficiosa y se elimina la posibilidad de fianza de excarcelación.
La Delegada del Defensor para los Asuntos de la Niñez y la Adolescencia, Zulima Fernández, manifestó que la presente Ley representa un paso importante que persigue la protección integral a las personas víctimas de la explotación sexual, especialmente la niñez y la adolescencia.
La Dirección de Delitos Sexuales de la Polícia Técnica Judicial (PTJ) maneja 40 casos mensualmente de menores de edad víctima de abusos, que implica una gran gama (sexual, proxenetismo, físico y psicológico).