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Ediles decidirán costo de recolección de la basura en distrito de Capira

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Eric Montenegro
Crítica en Línea

Los representantes de corregimiento de Capira serán quienes definan el costo por la recolección de la basura en este distrito, a pesar de que la Compañía Recolectora de Desechos Sólidos S.A. (CREDESOL S.A) confeccionó una propuesta basada en los gastos que significan para cualquier empresa realizar este trabajo, afirmó Mario Mendoza, miembro de la compañía.

El cobro de B/.4.00 en las áreas urbanas, B/.15.00, B/.50.00 y 100.00 a los grandes comercios de Capira, propuesto por CREDESOL S.A., ha sido en función a los gastos de operación en que pueda incurrir la empresa, los cuales fueron catalogados por Mendoza como "precios razonables".

No obstante, los B/.15.00 para los pequeños comercios como kioscos, podría estar sujeta, en algunos casos, a revisión por parte de la empresa.

Con ello la compañía estaría "rallando en el límite de utilidades que pudiera obtener en este negocio", por lo que no es posible disminuir los costos, ya que de lo contrario se estarían incurriendo en pérdidas.

Mendoza reconoció que a pesar de haber propuesto los precios a cobrar en el distrito de Capira corresponderá a la administración alcaldicia verificar con alguna otra instancia como el Ente Regulador si estos costos son acordes con alguna reglamentación existente.

En cuanto al impuesto del 10% que la empresa ha propuesto pagar al tesoro municipal, el representante de CREDESOL S.A enfatizó que son ellos los que deciden el aporte que darán al Municipio de Capira, reconociendo al mismo tiempo que ello estará sujeto a la verificación de la Contraloría General de La República.

Mendoza explicó que el 10% fijado ha sido en base a obtener un beneficio empresarial y al mismo tiempo "devolver algo a la comunidad".

El Bono de Garantía y la Fianza de Cumplimiento están sujetos a una serie de reglamentaciones y que corresponderá al Municipio de Capira establecerlo, añadiendo que las sanciones que se podrían aplicar a la empresa de no cumplir con lo acordado, estarían estipuladas dentro del contrato que se suscriba entre las partes, agregó.

 

 

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El Bono de Garantía y la Fianza de Cumplimiento están sujetos a una serie de reglamentaciones y que corresponderá al Municipio de Capira establecerlo, añadiendo que las sanciones que se podrían aplicar a la empresa de no cumplir con lo acordado, estarían estipuladas dentro del contrato que se suscriba entre las partes, agregó.

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