SUCESOS

EN CASO DE NANDWANI
Condena para secuestradores

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Florencio Gálvez F.
Crítica en Línea

El Fiscal Primero de Circuito, Arquímedes Saez, señaló que existen suficientes indicios para condenar a varios individuos asociados en el secuestro del empresario Ashok Nandwani, suceso ocurrido el 25 de octubre de 1999 en el sector de Marbella, ciudad capital.

Parte de los señalamientos del funcionario de instrucción se dieron ayer en el Juzgado Segundo Penal, tras realizarse la audiencia de fondo contra Gope Gulabrai Karnani, Jairo Rivas, Eusebio Murillo, Osiris Hernández, Evert Hinestroza, Mariano Castillo, Jorge Dayan Batista, Diomedes Montenegro e Isaías Medina.

De acuerdo a la acusación formal planteada por la Fiscalía Primera de Circuito, los sindicados formaban parte de una red criminal ligada supuestamente a la guerrilla, conformada por panameños y colombianos dedicados al secuestro.

Parte del negocio ilegal consistía en que parientes de los afectados pagasen cuantiosos rescates a fin de trasladarlos a otras naciones, especialmente la República de Colombia.

Sin embargo, durante el desarrollo del juicio, los señores Karnani, Rivas, Murillo, Osiris Hernández, Hinestroza, Castillo, Dayan Batista, Montenegro y Medina, reiteraron su inocencia ante la Juez Segunda Penal, María Lourdes Estrada.

Por su parte, José Ramiro Fonseca Palacios, defensor del acusado Jairo Rivas, calificó como "conjeturas" al poner como ejemplo que "se habla de un informe que realizó el DIIP y si el informe realmente existía, entonces la Policía Nacional ha demostrado que es incapaz de combatir el delito", al saber de la conformación de una banda especializada en secuestros.

Pero Gope Karnani e Isaías Medina admitieron estar arrepentidos del delito cometido en contra del negociante de origen hindostán.

Un detalle interesante del proceso, surgió cuando el abogado José Lasso Perea, defensor de Osiris Hernández, interrogó a los detenidos Gope Karnani, Jorge Dayan Batista, Mariano Castillo e Isaías Medina.

Tal medida originó protestas de los defensores de estos sindicados, quienes argumentaron que ya había transcurrido el período de declaración indagatoria.

Por tal motivo, fue necesario que la Juez Segunda Penal, María Lourdes Estrada, interviniese y le recordase al jurista Perea, que los acusados tenían opción de declarar o no.

En medio de la controversia, Karnani y Medina reiteraron que no estaban dispuestos a declarar al sospechar que se les quería incriminar más de la cuenta.

Por tal motivo, el asistente del Juzgado les leyó parte de los artículos 22 y 25 de nuestra Constitución.

 

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