FAMILIA
Critican
opinión de Procuradora Fletcher

Florencio Gálvez
Crítica en Línea
Como
un precedente funesto para la administración de justicia
en este país, calificó el Licdo. Candelario Santana
Vásquez, los criterios de Alma Montenegro de Fletcher,
Procuradora de la Administración acerca de una controversia
entre el jurista y los ex trabajadores del IRHE.
Santana promovió un embargo contra el sindicato y trabajadores
del IRHE, para el cobro de sus honorarios profesionales por la
negociación de ocho convenciones colectivas de trabajo,
las cuales incluían liquidación, indemnizaciones
y demás beneficios que ascienden a más de 86 millones
de balboas.
La mencionada nota de Fletcher atenta en forma evidente contra
el principio de independencia judicial consagrado en el artículo
207 de la Carta y el artículo 2 del Código Judicial,
y pues los Magistrados y Jueces son independientes en el ejercicio
de sus funciones, y constituye un precedente funesto para la
administración de justicia en el país, en vista
de que además de contener opiniones procesales desacertadas
denota una parcialidad inusitada que afecta "mi derecho
como ciudadano y como profesional y afecta también los
principios de lealtad e imparcialidad procesal".
Lla intromisión de la Procuradora al opinar "sobre
el pronto de la controversia y la medida de ejecución
no cautelar decretada, pareciera estar dirigida a evitar el cobro
de mis honorarios dignamente ganados".
La opinión de la Procuradora violenta ila autonomía
y facultades exclusivas de la Contraloría General de la
República.
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