Dicen que el cariño y el deber de un padre o una madre nunca terminan.
En materia de patria potestad y de guarda y crianza, la ley confiere una serie de derechos y deberes, tanto para los hijos como para los padres, y de los reconocidos internacionalmente como de elemental y vital importancia, se encuentra el derecho a la educación.
Cuando hablamos del derecho a la educación, debemos considerar a su vez, la serie de compromisos, responsabilidades y deberes que este derecho genera al padre, al tutor o al acudiente del menor. Las distintas leyes, desde la constitución hasta decretos leyes se compulsa y se obliga a que los padres y tutores o acudientes deben realizar todas las gestiones y acciones pertinentes para que el proceso de enseñanza-aprendizaje de su acudido sea óptimo y surta los efectos deseados educativamente.
Es de vital importancia en la formación de los hijos, que los padres y madres se involucren positivamente y con abnegación en los estudios y en el crecimiento moral y espiritual de sus vástagos, ejerciendo la autoridad con disciplina y con amor, con orden, tolerancia y comprensión. Que den ejemplos dignos a sus hijos para poder exigir con respeto y autoridad, comportamientos y exigencias..
Es por ello que exhorto a todos los papás y mamás para que hagan un esfuerzo extra y tomen injerencia en organizar el tiempo de tareas y de compromiso académico del menor en su casa. Que sean más enérgicos en disponer restricciones cuando ellos fallan en sus responsabilidades, ya que de esta forma estarán desempeñándose como padres responsables y después los mismos hijos sabrán agradecérselos.