OPINION

CRITERIOS
Gladys Goes

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Por : Pastor E. Durán Espino

Aproximadamente el pasado 19 de septiembre la comandante guerrillera de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), Gladys Goes ("Comandante Teresa"), fue deportada irresponsablemente, por las autoridades panameñas a Colombia, es decir, fue entregada a sus enemigos violándose así tratados internacionales y el Artículo 24 de nuestra Constitución Política que a la letra dice: "El Estado no puede extraditar a nacionales ni extranjeros por delitos políticos". Hasta el momento, indagaciones realizadas por la Cruz Roja Internacional, nos dicen que la joven guerrillera está "desaparecida".

Según el Artículo 3 de los Convenios de Ginebra, suscritos por Panamá (y también por Colombia), "en caso de conflicto armado que no sea de índole internacional y que surja en el territorio de una de las Partes Contratantes, cada una de las partes en conflicto tendrá la obligación de aplicar, como mínimo, las siguientes disposiciones: 1) Las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa, serán, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable.

 

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