IRREGULARIDADES EN EL RENOVACION CIVILISTA
Castulovich denuncia parcialización
en favor del banquero Alberto Vallarino
Omar Wong Wood
Crítica en Línea
Juan Manuel Castulovich,
aspirante a la presidencia por el Partido Renovación Civilista (PRC),
denunció ayer que la Dirección Nacional de Registro y Control
Electoral (DINARECO), la alta dirigencia y la presidenta de ese colectivo,
Sandra Escorcia, están parcializados con la candidatura del banquero
Alberto Vallarino.
"Un partido en el cual la alta dirigencia y su presidenta no mantienen
un nivel de imparcialidad a lo interno de unas postulaciones a primarias
no puede exigirle al presidente de la República que mantenga esa
misma imparcialidad ante las elecciones del 2 de mayo de 1999", es
por eso que "mi objetivo es rescatar la dignidad que se ha perdido
en PRC", señaló Castulovich.
El político basó su denuncia en las supuesta irregularidades
que la alta dirigencia de PRC ha cometido con el objetivo de desvirtuar
su postulación como candidato presidencial en las primarias de ese
partido.
Denuncias que aseguró van, desde el cambio sorpresivo de la sede
principal de postulaciones (oficina de Sandra Escorcia) a una oficina del
banquero Vallarino ubicada en el edificio Mahely en Transístmica
a pocas horas del cierre de postulaciones, y sin previa notificación.
También indicó que la alta dirigencia ha impuesto en el
reglamento de postulación un artículo que obliga a los candidatos
a presentar mil firmas de adherentes, de los cuales 50 deben residir en
cada provincia del país.
A juicio de Castulovich, los literales A y B del artículo 2 del
reglamento de primarias de PRC, violan flagrantemente el artículo
96 del Código Electoral, por lo que pidió al Tribunal Electoral
(TE) mediante un recurso de impugnación declare nula esta condición.
El artículo 96 del Código Electoral establece en uno de
sus párrafos que "los estatutos de un partido político
solamente podrán condicionar la participación de sus miembros
en las primarias, al tiempo previo de su inscripción en el partido
el cual será no menor de tres meses y mayor de seis".

|