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La decisión del Juzgado Segundo de Coclé de suspender la pena de 30 meses de prisión aplicada al sacerdote Hermógenes Ovalle Soto, por embarazar a una menor de 16 años, fue apelada por la Fiscalía Segunda de esa provincia.
Ovalle había sido acusado por el delito contra el pudor y la libertad sexual en perjuicio de una menor que le había sido dada en custodia por los padres de ésta.
La madre de la menor, quien se encontraba presente en la audiencia, fue interrogada por la jueza Florelia Bonilla de Cruz, sobre la decisión de suspenderle la pena, y ésta estuvo de acuerdo.
“Que no vaya a la cárcel, pero que sea responsable con la niña y con la alimentación. Si puede pagar la multa, que la pague para que no vaya a la cárcel”, sostuvo.
Finalmente señala el documento que se suspende condicionalmente la ejecución de la pena de prisión por el término de dos años, con la advertencia que de incurrir en un nuevo delito, se le revocará el mismo y en su lugar deberá cumplir íntegramente la pena de prisión.
En medio de este proceso, el sacerdote se declaró confeso de haber mantenido relaciones sexuales con la menor, sin embargo, asegura que no hubo violación en ningún momento, ya que los actos fueron de mutuo consentimiento.
La jueza Florelia Bonilla de Cruz, bajo fundamentos legales, consideró dictar una sentencia condenatoria en contra del sacerdote Ovalle por el delito de estupro y lo absolvió de los cargos de violación.
El 25 de marzo de 2002, la madre de la menor denunció ante la PTJ de Penonomé, que su hija menor de edad había sido embarazada por el párroco de la iglesia de Río Hato.
Luego la fiscalía le aplicó una medida cautelar al sacerdote, con la condición de reportarse los 15 y 30 de cada mes a ese despacho del Ministerio Público. |