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La Defensoría del Pueblo emitió una resolución a través de la cual se declara la violación a los Derechos Humanos de la familia Cáceres, censura los actos violentos que culminaron con el desalojo y demolición de la residencia de esta familia y recomienda la reparación económica y moral por los graves daños causados.
La resolución emitida guarda relación con la queja presentada por la señora Cáceres ante la Defensoría del Pueblo y tiene como fundamento legal el artículo 34 de la Ley 7 de 5 de febrero de 1997, que crea la institución.
En su parte resolutiva, el documento, que lleva la firma del Defensor del Pueblo, Juan Antonio Tejada Espino, observa que el Alcalde de Panamá, Juan Carlos Navarro, en su "calidad de autoridad máxima del Municipio, tiene una responsabilidad sobre aquellos funcionarios municipales que procedieron con abuso, violando los Derechos Humanos de la señora Ulpiana Cáceres".
La resolución censura los actos de desalojo y demolición, "puesto que los mismos constituyen un abuso y una flagrante violación a los derechos fundamentales de la familia Cáceres, especialmente a los derechos de integridad, intimidad y vivienda digna".
La Defensoría había recomendado a la Alcaldía que suspendiera el desalojo hasta que un proceso judicial, en ese momento aún pendiente, dirimiera lo relativo a la titularidad del terreno. El mismo día que la Alcaldía procedió al desalojo y demolición, el Juzgado Séptimo declaró propietaria del terreno a Ulpiana Cáceres y ordenó al Registro Público que procediera a inscribir la propiedad a favor de la familia Cáceres.
En virtud de los hechos acontecidos, la Defensoría del Pueblo recomienda a la Ciudad de Panamá y a su Alcalde, que a través de la entidad alcaldicia, repare económica y moralmente a la señora Cáceres y a su familia por los abusos cometidos en su perjuicio. |