La Sala Tercera Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia suspendió provisionalmente los efectos del contrato celebrado entre la Autoridad de la Región Interoceánica y la Sociedad Inversiones Guararé Teleférico S.A.
El escrito sustenta que el Contrato No.122-04 de 19 de marzo de 2004, es contrario al orden jurídico objetivo e infringe el principio de separación de poderes.
El demandante, José H. Aguilera, sostiene que la ARI asumió una competencia que por ley le fue otorgada a la Autoridad Nacional del Ambiente al dar en concesión cuatro lotes de terreno del Cerro Ancón, siendo esta área protegida y reserva natural del distrito de Panamá.