El Juzgado Decimocuarto de Circuito Penal reemplazó la sentencia de prisión por días-multas a tres de los condenados en el proceso penal por la sobreradiación de 28 pacientes atendidos en el Instituto Oncológico Nacional.
Los sentenciados Álvaro Mejía Rodríguez, Alexis Alveo González y Olivia Saldaña González habían sido condenados a 4 años de prisión por el delito de homicidio culposo.
Mejía Rodríguez fue considerado por el tribunal como el autor material del delito de homicidio culposo, recibiendo sanción conmutable de 14,600 dólares en días multas.
El juez Secundino Mendieta remplazó la pena de cuatro años de prisión a Alveo González y a Saldaña por la suma de B/.7,300 en concepto de días multas que deben ser pagadas al Tesoro Nacional en un término de seis meses.
La firma forense 'Mejía & Asociados' y el abogado Eliécer Chacón fundamentaron la solicitud del reemplazo de la pena al tratarse de ser delincuentes primarios, además que la pena no era mayor de 4 años.
En el año 2001 fue dado a conocer la sobreradiación de pacientes de cáncer que habían recibido dosis excesivas. Las víctimas fallecidas fueron identificados como enfermos de cáncer en la próstata, colon y cuello uterino.
A los tres físicos radiólogos se les responsabilizó de modificar sin autorización el programa adaptado a la máquina de cobalto.