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Presentarán nuevas normas de fumigación

Redacción
Crítica en Línea
La nueva reglamentación de fumigación y la modificación de las normas que regulan esta actividad, serán anunciadas a los dueños de fumigadoras, el próximo jueves 25 de mayo, a las 2:00 p.m. en el Salón de Reuniones de la alcaldía capitalina, informó una nota de prensa. El propósito es comunicar sobre las modificaciones que se harán al Decreto alcaldicio No. 20 de 5 de octubre de 1981, por el cual se dictan medidas sobre la fumigación en el distrito de Panamá. Este decreto establece que para dedicarse a esta actividad, las personas y empresas deberán obtener autorización de la Alcaldía previa presentación de la licencia comercial, permiso de Sanidad Industrial y contar con el equipo adecuado de fumigación. Según el citado decreto alcaldicio, los establecimientos que vendan, elaboren o almacenen productos alimenticios, bebidas o se dediquen al hospedaje (restaurantes, cantinas, panaderías, mercados, kioscos y hoteles) deben ser fumigados por los menos cada dos meses. Mientras que los almacenes dedicados exclusivamente a la venta de mercancías secas, muebles o similares, se fumigarán por lo menos cada tres meses. Los infractores de estas disposiciones podrían ser sancionados con multa de B/. 10.00 a B/. 500.00 o la suspensión temporal o definitiva de la autorización para fumigar.
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Los infractores de estas disposiciones podrían ser sancionados con multa de B/. 10.00 a B/. 500.00 o la suspensión temporal o definitiva de la autorización para fumigar.
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