EN MUNICIPIO DE LA CHORRERA Desmienten pago de pensiones alimenticias por servicio social

Yodalis Bethancourt
Panamá Oeste / EPASA
El juez primero municipal, José Candanedo, negó que en el distrito de La Chorrera, se esté implementando el pago de pensiones alimenticias por servicio social en las escuelas donde asisten los niños pensionados, "porque el alimento de un hijo no puede ser sustituido por trabajo voluntario". El licenciado Candanedo, explicó que lo que señala el Ministerio de Educación es diferente a lo que establece la justicia ordinaria, ya que las pensiones alimenticias están tipificadas en el artículo 377 del Código de la Familia que el suministro de sustancias alimenticias o comestibles, atención médica, vestimenta y habitación. Agregó que la responsabilidad del padre, conlleva la responsabilidad de dotar de todo lo necesario para su desarrollo integral desde la concepción y aún más desde que está dentro del seno materno, porque también prevé la norma que existe pensión prenatal. El licenciado Candanedo dijo desconocer sobre la puesta en práctica del trabajo comunitario por pensión alimenticia en el distrito de La Chorrera, porque no puede ser posible que la pensión alimenticia de un niño sea reemplazada por un servicio social. Dijo que en el caso de los padres de familia del distrito de La Chorrera, en términos generales un 80 por ciento anda relativamente bien, aunque un 20 por ciento no lo hacen por cuestiones de trabajo.
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Dijo que en el caso de los padres de familia del distrito de La Chorrera, en términos generales un 80 por ciento anda relativamente bien, aunque un 20 por ciento no lo hacen por cuestiones de trabajo.
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