Aparte de la ola criminal que azota Panamá, siguen ocurriendo hechos que dejan perpleja a mucha gente.
Esto tiene que ver con homicidios típicos de sicarios y esto se ha evidenciado con claridad en las últimas semanas con los casos relacionados al señor Jhonny Pozo y otras personas muertas a tiros, en un claro incremento de la acción delictiva y criminal.
En estos actos han participados muchachos de quienes se dice que pertenecen a la peligrosa banda "El Pentágono", cuyo radio de acción es el populoso corregimiento de Santa Ana, de acuerdo a las investigaciones.
Se teme que los enfrentamientos aumenten pese a esfuerzos desplegados por estamentos de seguridad y policiales.
Se dice que en muchos casos, los menores de edad andan metidos en estos actos delictivos y rechazados por la sociedad.
Los números hablan por sí solos.
Un informe elaborado por la Unidad de Análisis de Estadística Criminal de Policía Técnica Judicial encrespa al más pintado respecto a la participación de los "muchachitos" en actividades delictivas.
Robo, posesión ilícita de armas de fuego, lesiones personales y homicidios son algunos de los expedientes donde figuran "los niñitos" haciendo "de las suya".
LEY 40
A criterio de varias fuentes consultadas es indispensable modificar parte de la llamada Ley 40, relacionada a los menores que cometen infracciones.
"La Ley 40 que automáticamente ordenó una ley explicítamente para menores, determina que la realidad de los muchachos, por la minoría de edad, implica que sus actos no están sujetos a responsabilidad".
Pero es indispensable que nuestra legislación cambie en vista de "que un menor que transgrede la Ley automáticamente traspasa las líneas del orden social y al hacerlo con ello trae consecuencias, pero esas conductas no pueden ser revisadas por un Juez de Circuito Penal porque el mismo está atado de pies y manos", sostuvo un conocedor de leyes, entrevistado.
Es necesario modificar la ley. De lograrse esa transformación "los menores de edad deben entrar dentro de los parámetros de por lo menos los delitos graves como homicidios".
Los muchachos que cometan esos actos "deben ser procesados y juzgados", igual como ocurre en el sistema anglosajón: "cuando un menor delinque es procesado y sancionado porque la gravedad de este delito se eleva a la categoría mayor o adulta".
Es necesario que la Asamblea Legislativa se proyecte una ley que "busque elevar a categoría de delito grave el homicidio cometido por un menor de edad", consideró la fuente consultada.
Es menester recordar lo contemplado en el artículo 163, del Título Quinto, llamado "Del Menor autor o partícipe de una infracción penal", que forma parte del llamado "Código del Menor", Decreto número 2737 de 1989.
"Ningún menor podrá ser declarado autor o partícipe de una infracción que no esté expresamente consagrado en la Ley penal vigente".
¿Qué hay que hacer con un menor que roba, anda armado por os barrios y calles nacionales; manipula drogas de alto nivel; asesina a otro ser humano y demás acciones que si las comete en mayor de 18 años, le espera la cárcel?