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Mancha blanca podría afectar producción del camarón

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Redacción
Crítica en Línea

La expansión de la mancha blanca y la pesca ilegal podría afectar la producción del camarón, segundo rubro de exportación del país, con ventas que sobrepasan los B/.70 millones, señaló el presidente de la Fundación Shinmatsu, Jorge Matsufuji.

Matsufuji advirtió que de violarse la veda del camarón que inició el 1 de febrero la sobrevivencia de este crustáceo se vería amenazada, por lo que recalcó que es importante que los consumidores no compren este producto durante la veda que abarca 70 días. Mientras que el avance de la epizootia causada por el virus de la mancha blanca en camarones de cultivos mantiene a Panamá en el tercer lugar seguido de Ecuador.

L a mancha blanca que ha provocado grandes pérdidas económicas a las pequeñas, medianas y grandes empresas hizo su aparición en China en 1993 extendiéndose hasta Japón. Sus signos se caracterizan por la aparición de puntos blancos que estudios han demostrado pueden ser por el depósito de calcio o por causas ambientales.

Para el presidente de fundación las acciones del hombre sobre la naturaleza ha sido la causa de que la industria del camarón haya mermado en un 30 por ciento y en igual proporción en la mano de obra.

Otro factor que ha incidido este recurso marino se ha visto afectado por la sobreexplotación pesquera a causa del aumento demográfico y el desarrollo industrial que exige una mayor demanda del recurso.

La Dirección General de Recursos Marinos de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) realizará recorridos durante la veda y sancionará y retendrá las naves a las empresas dedicadas al sector pesqueros que sean sorprendidos en esta actividad.

La veda prohibe la pesca con cualquier clase de trasmallo con luz de malla de tres y media pulgada, en tanto que los establecimientos dedicados a la compra y venta de camarones, deberán contar el certificado de inspección que expide esta oficina o la dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares, localizadas en las diferentes provincias.

También establece que el traslado de camarones en estanque o costeros deberán portar un salvoconducto expedido por la entidad en mención, una vez cumpla con la inspección.

La veda del camarón se estableció mediante los decretos ejecutivos #1 de 19 de enero de 1977, # 124 de 8 noviembre de 1990 y # 55 de 28 de septiembre de 1993.

 

 

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La veda del camarón se estableció mediante los decretos ejecutivos #1 de 19 de enero de 1977, # 124 de 8 noviembre de 1990 y # 55 de 28 de septiembre de 1993.

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