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Una frase que dice "hasta los 60 años", la cual se encuentra en el reglamento de prácticas de la ex Autoridad Portuaria Nacional (APN), ahora Autoridad Marítima de Panamá (AMP), la cual limita que personas por encima de esa edad ejerzan su profesión de pilotos prácticos es inconstitucional, a criterio de la Procuradura de la Administración, Alma Montenegro De Fletcher.
Por ese motivo, la abogada pidió a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, que declare inconstitucional esa frase.
La funcionaria atendió una consulta formulada por abogados de los trabajadores de la Panama Pilot Services Corporation, la Procuradora indicó que la norma reglamentaria presume que toda persona que sea mayor de los 60 carece de capacidad física y mental, a fin de que pueda ejercer una profesión o práctica, lo que es "irrazonable".
"Vedar el ejercicio de la profesión u oficio de Práctico a las personas mayores de sesenta (60) años de edad, por el sólo hecho de su edad, constituye una limitación inconstitucional a la libertad de profesión u oficio, pues no se basa en la idoneidad de los individuos", advirtió la jurista. |