OPINION


Mundo Cooperativo

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Por Jorge E. Ruiz
Colaborador

Con el inicio de un nuevo año, se accionan en las cooperativas una serie de actividades para dar cumplimiento a disposiciones legales contenidas en la Ley y el Decreto que regulan el cooperativismo y que obligan al pago de un porcentaje al Instituto Panameño Autónomo Cooperativo (IPACOOP), por los excedentes que se hayan podido lograr durante el ejercicio socioeconómico del año anterior; la celebración de asambleas ordinarias para informar a todos los asociados, o delegados, sobre todo lo actuado por los directivos y finalmente, escoger nuevos directivos por terminarse el período de algunos de los actuales.

De acuerdo con el artículo 46 del Decreto Ejecutivo No. 137 del 5 de noviembre de 2001, por el cual se reglamenta la Ley 17 de 1 de mayo de 1997, sobre el régimen especial de cooperativas, las cooperativas y las federaciones consignarán, para el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, una partida como un compromiso por pagar en sus libros, consistente en el 5% de los excedentes netos obtenidos en el ejercicio socioeconómico.

El literal a) del artículo en mención indica que, "a más tardar, dentro de los noventa (90) días siguientes al cierre del ejercicio socioeconómico, una declaración con los estados financieros detallados en los formularios que para tal efecto se retirarán en el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo. En otros literales del mismo artículo señalan que el IPACOOP comprobará las cifras presentadas por las cooperativas y si hay error, hará nota de débito o crédito, según sea el caso, y que la cuenta a pagar puede hacerse en tres pagos, hasta el noveno mes. Pero advierte que habrá una multa equivalente al 10% sobre saldo moroso y que éste 10% no excederá los mil Balboas.

En cuanto a las asambleas ordinarias, señalan igualmente que éstas deben celebrarse dentro de los noventa días siguientes al cierre de libros y que en la convocatoria que se haga para ellas, se deben publicar los temas a tratar.

Los cooperativistas deben estar conscientes de la importancia que revisten estas asambleas y participar activamente. Concurrir a ellas muy temprano para lograr el quórum reglamentario y no tener que hacer una nueva convocatoria. Las asambleas anuales cuestan una buena cantidad de dinero y tener que posponer una por falta de quórum, significa pérdida de dinero de cada uno de los asociados.

 

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