El pleno de la Corte Suprema de Justicia, de forma unánime, denegó la acción de amparo de garantías que promovió la Sociedad Cartel Publicidad Exterior, S.A. contra el Ministerio de Obras Públicas (MOP).
La Corte consideró que el acto atacado no vulnera la garantía del debido proceso, ya que la Sociedad Cartel Publicidad Exterior, S.A. no ejerció en su momento el derecho a solicitar la aprobación de la viabilidad para mantener instaladas las estructuras y anuncios publicitarios ante el MOP.
Esta sentencia indica que sigue vigente la prohibición de la instalación de estructuras y anuncios publicitarios o de cualquier otra edificación en las servidumbres viales y pluviales a nivel nacional que no constituyan infraestructuras para los servicios públicos, la que podrá realizarse mediante aprobación escrita en la forma que determine el ministerio.
El magistrado ponente de la sentencia emitida ayer, 11 de septiembre, indica que fue la propia Ley 11 de 27 de abril de 2006 la que otorgó un plazo de hasta seis meses a todas aquellas empresas que mantenían estructuras y anuncios publicitarios o de cualquier otra edificación en las servidumbres viales y pluviales, para obtener del Ministerio de Obras Públicas y de la alcaldía respectiva la aprobación de viabilidad para mantenerlos instalados.
La norma señala que el plazo entraba a regir a partir del 2 de mayo de 2006 (fecha de entrada en vigencia la citada Ley 11 de 2006) y vencía el 2 de noviembre del mismo año.