OPINION


Dilemas de la Electricidad

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Por Rolando Gittens
Periodista

Si aceptamos que los ingresos corrientes del gobierno central registraron una caída de casi 178 millones de balboas en los nueve primeros meses del año, comparado con el año pasado, estamos hablando de un 13 por ciento menos.

Ante esta realidad tan preocupante, no tiene cabida la solicitud de las generadoras de electricidad, Corporación Panameña de Energía S.A., Pedregal Power Company, Bahía Las Minas, Corp, Petroeléctrica de Panamá y EGE Fortuna S.A. de que se les exonere del pago de unos 25 millones de balboas que anualmente aportan en concepto de tributo de impuesto, derecho, tasa, cargo o contribución, de carácter nacional o municipal, incluyendo el impuesto sobre la renta.

La tesis de estas empresas es que si la Autoridad del Canal de Panamá, registrada como una empresa de generación eléctrica, está exenta del pago de todo tributo, las demás generadoras también tienen derecho a esos beneficios. No obstante, pareciera que lo más razonable es que se modifique la ley 19 de 1997 por la cual establece que la APC está exenta del pago de todo tributo e impuesto.

Sin embargo, habrá adicionalmente que revisar en forma científica, los actuales precios de la tarifa eléctrica, para determinar si responden o no a factores que escapan de la voluntad de las autoridades, como el precio internacional del petróleo. Eso es así ya que existen elementos a considerar como la eficiencia en la transmisión de la energía desde las centrales generadoras, hasta los grandes centros de consumo.

 

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