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Menores delincuentes:
¿un mal que tiene cura?

Antonio Pérez M.
Crítica
en Línea
Es
mucho lo que se ha dicho de la delincuencia juvenil, sin embargo
es un tema que no se puede dejar de mencionar, tanto es así
que ha sido considerado por los expertos dentro y fuera del gobierno,
como una enfermedad social.
De acuerdo a una recopilación de dados estadísticos
elaborados por organismos oficiales y no gubernamentales, en
nuestro país, se ha podido comprobar que en los últimos
tres años ha habido un incremento de infractores menores
de 14 años.
Otro de los resultados obtenidos demuestran que el 80% de
los adultos que han sido detenidos por actos delictivos, tuvieron
problemas con la ley cuando eran menores de edad.
Estos datos demuestran que dicho problema social no dejará
de ser un tema de actualidad, hasta que las autoridades no encuentren
una cura para este mal.
Al entrevistar a expertos sociólogo y juristas en nuestro
país, todos han coincidido que esta enfermedad tiene cura,
sin embargo señalan que el problema está en la
forma de ejecutar las acciones para contrarrestar el mal.
Para la socióloga y abogada Aida Selles de Palacios,
la cura a este mal, es la creación de instituciones especializadas
para el tratamiento a estos menores infractores, sin embargo
reconoce que en estos momento Panamá, carece de dicho
apoyo.
Según Selles de Palacios, existe una Ley 40 que viene
a representar una alternativa para reemplazar un sistema obsoleto,
donde el Juzgado de Menores, es quien se encarga de investigar
y de sancionar a los menores infractores.
Sin embargo la jurista destacó que la ley se ha convertido
en una solución en papel, que no ha podido caminar, porque
aun no se han creado las instituciones que sirven para ejecutar
las soluciones.
En dicha Ley 40, el menor pasa al sistema penal, y en vez
de ser investigado por un Juzgado de Menores, que después
se encarga de sancionarlo, ahora su caso será tratado
por la PTJ, fiscalías especializadas en menores, juzgados
ejecutores de la sanción y juzgados que le den seguimiento
al procesado en el momento que cumple la pena.
Para las autoridades del Ministerio Público, la Ley
40 no ha podido ponerse en marcha en su totalidad, por la falta
de presupuesto, lo que ha impedido que se puedan crear la figura
de fiscalías especializadas en menores, y las secciones
dentro de la PTJ que puedan realizar las investigaciones preliminares.
Esto es considerado, para la abogada de Palacios, como perjudicial
para los menores infractores mayores de 14 años, quienes
son los que se beneficiarán con este nuevo sistema.
"Aun continúan los Juzgados de Menores, realizando
las investigaciones y sanciones, lo que les hace imposible cumplir
con la ley en un 100%", agregó Selles de Palacios.
Sin embargo el contenido de fondo de la ley, también
es otro punto de controversia lo que ha provocado que se haya
creado una comisión a lo interno de la Corte Suprema de
Justicia, para hacerle ciertas correcciones.
Uno de los puntos en controversia es el tiempo perentorio
que le piden a los funcionarios de instrucción para realizar
las investigaciones en la que se vean involucrados menores.
La ley expresa que el tiempo perentorio es de dos meses y
de no cumplirse, el menor sale libre automáticamente.
Esta situación no es compartida por las autoridades del
Ministerio Público, quienes consideran que todos los casos
no son iguales, y hay investigaciones que pueden durar años.
Dicha legislación expresa que la pena máxima
para un menor es de cinco años, en caso de homicidios;
y de dos años, cuando se trata de tráfico de drogas,
además tipifica otros delitos como robo, hurto, violación,
terrorismo y secuestro, causales para que el adolescente sea
privado de su libertad.
Los resultados estadísticos realizados por el Ministerio
de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia, revelan
que los delitos de robo a mano armada es el de mayor incidencia
entre los menores infractores.
Cabe destacar que el menor infractor que está pagando
una pena y cumple la mayoría de edad en ese periodo, permanecerá
en el Centro de Rehabilitación para Adolescentes hasta
que haya pagado su cuota con la justicia.
Referente a la pena que estipula la Ley 40 y el beneficio
de no trasladar al menor a una cárcel de adultos, son
temas que no rebaten las autoridades del Ministerio Público,
sin embargo recomiendan la puesta en marcha de instituciones
capacitadas para realizar la rehabilitación de los menores
infractores.
Sobre este mismo tema Diomedes Kaa, director del Instituto
de Estudios Interdisciplinario del Ministerio de la Juventud,
la Mujer, la Niñez y la Familia, ha destacado que la creación
de las instituciones de resocialización han dado resultado
satisfactorios.
De acuerdo a Kaa, la creación del Centro de Custodia,
ha incorporado a la capacitación de entrenamientos vocacionales
a menores detenidos con casos de homicidio, tráfico de
drogas y otros de los delitos graves.
Según Kaa el menor que tiene el índice más
alto, es un joven que está detenido en el Centro de Custodia
por caso de homicidio, lo que demuestra, según el funcionario,
que estos jóvenes pueden incorporarse a la sociedad.
Hay propuesta, proyectos y hasta ejecuciones, para poder lograr
una cura al problema de la delincuencia juvenil, sin embargo
el mal continúa y ha avanzado a tal grado que se ha mudado
a las escuelas donde se supone se están formado.
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