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MITRADEL hace pronunciamiento sobre expedición de certificados de incapacidad

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Redacción
Crítica en Línea

El Licdo. Juan Ledezma, Secretario General del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, manifestó que la expedición de Certificados de Incapacidad por Centros de Salud privados, no deben ser revalidados por las policlínicas del Seguro Social para su efectividad.

Así lo dio a conocer la institución en nota de prensa en la cual explicó que el trámite para la expedición de dichos documentos está regulado por el Decreto No.12 del 27 de enero de 1983, y "fuera de esa disposición legal no existe otra".

El Decreto establece que todos los médicos u odontólogos que sean idóneos para expedir incapacidad, deberán hacerlo mediante certificado pre enumerado, el cual contenga el registro otorgado por la Dirección General de Salud, el nombre completo del facultativo, dirección y teléfono de la institución pública o privada en la cual se expida el documento, detalló la nota.

De acuerdo al informe institucional, todo certificado deberá indicar la fecha y hora en que se inicia y termina la incapacidad.

El Decreto en referencia establece que los certificados de incapacidad que no cumplan con esos requisitos no tendrán validez.

Al respeto, el Licdo. Ledezma manifestó su preocupación "pues la mala interpretación de esta situación puede prestarse a confusión y ser tomada como punto de referencia para imponer sanciones disciplinarias por ausencias injustificadas, cuando la norma es perfectamente clara y no establece en ningún momento que el trabajador deba acudir a una institución pública para revalidar su certificado de incapacidad expedido por alguna institución privada".



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Al respeto, el Licdo. Ledezma manifestó su preocupación "pues la mala interpretación de esta situación puede prestarse a confusión y ser tomada como punto de referencia para imponer sanciones disciplinarias por ausencias injustificadas, cuando la norma es perfectamente clara y no establece en ningún momento que el trabajador deba acudir a una institución pública para revalidar su certificado de incapacidad expedido por alguna institución privada".

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