La Comisión Nacional de Reformas Electorales, acordó con siete votos a favor y dos en contra, mantener hasta tres meses el foro electoral después del cierre de las elecciones generales.
Los miembros de la Comisión aprobaron que los candidatos, los presidentes y los vice presidentes, secretarios y subsecretarios generales de los partidos legalmente constituidos pueden renunciar expresamente al derecho del fuero penal electoral, si así lo consideran, el cual será irrevocable.
Igualmente, se acordó la obligatoriedad de todos los ministerios y entidades autónomas y semiautónomas de poner a disposición del Tribunal Electoral a ocho días antes del día de la consulta, toda la flota de transporte que sea necesaria para llevar a cabo eficientemente la consulta popular. En el artículo 354 se aprobó un numeral para sancionar a los que no cumplan con lo indicado y que consiste en pena de arresto de diez días a tres meses o multa de cincuenta a quinientos balboas.