El Juzgado XII del Primer Circuito de Panamá, Ramo Penal, declaró penalmente responsable a Edwin Abraham Saravia Pulgarín y lo condena a 32 meses de prisión, como autor del delito de hurto agravado consumado, en perjuicio de Jessica María Barraza Castillo.
Igualmente se inhabilita a Saravia para ejercer funciones públicas, de elección popular, del derecho activo y pasivo del sufragio o de cualquier otro derecho político, por el término de un año una vez cumplan la pena principal.
El delito fue fijado con una pena de 4 años de prisión, no obstante el procesado se acogió a las reglas del proceso abreviado por lo que se reconoce reducirle la pena en una tercera parte, es decir dieciséis meses de prisión.