La Corte Suprema de Justicia declaró ilegal el arresto del trabajador Reynaldo Lezcano, quien cumplía una pena de 18 meses de prisión.
El abogado del obrero se vio en la necesidad de presentar un recurso de hábeas corpus a favor de Lezcano, quien estaba detenido en el centro penitenciario La Joya, por el delito de maltrato a menor.
De acuerdo al abogado defensor, la pena impuesta a Lezcano fue reemplazada por la de días multa a razón de dos balboas diarios que deberá cancelar en un plazo de seis meses.
Mediante el recurso número auto 1074, fechado 25 de septiembre de 2003, el Juzgado Primero de Circuito Penal del Tercer Distrito Judicial Panamá reemplazó la pena impuesta al reo, a pesar de que Lezcano había cancelado la totalidad de los días multas impuestos.
El abogado defensor rechazó esa medida.