La defensa de Pablo Solís González, director Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud, cuestionó la forma en que el Fiscal Cuarto Superior, Dimas Guevara ha manejado el expediente del caso.
"Es absolutamente ilegal la detención de Pablo Solís por parte del Fiscal Cuarto Superior, Dimas Guevara", pues no existe en el expediente de 32 tomos y 16 anexos una sola prueba que "vincule o relacione de manera directa a Pablo Solís con las circunstancias esenciales que produjeron la contaminación del producto" dado por la Caja del Seguro Social.
"En el entendimiento del Fiscal el señor Pablo Solís, dejo de hacer la vigilancia, el monitoreo, la fiscalización que evitara que esa materia prima ingresara al país", dijo Arboleda, quien estaba acompañado del jurista Víctor Almengor, Thelma Córdoba y Armando Vigna, dirigentes de los farmacéutas.
De acuerdo al artículo 251 del Código Penal, este delito a título de "culpa expresamente tiene penas de 5 a 12 meses de prisión", indicó el letrado.
"Es absolutamente improcedente la detención que él ha decretado contra este talentoso profesional panameño", sentenció.
"Hay un asunto más grave, el señor Fiscal Cuarto Superior no es autoridad competente para decretar la detención preventiva, ni la separación del cargo del señor Pablo Solís.
Solís ejerce un cargo que tiene "mando y jurisdicción a nivel nacional", expresó el jurista.
Pues el funcionario competente para conocer de estos casos es el Jefe del Ministerio Público, o sea le correspondería en este caso a la Procuradora General de la Nación, Ana Matilde Gómez, investigar y decretar si "fuera el caso la detención preventiva". "Aquí existe una evidente extramilitación de funciones y arbitrariedad de parte del Ministerio Público".