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No hay cargo pa' tanta gente

Carlos Estrada Aguilar ([email protected]) | Crítica en Línea

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Ana Matilde Gómez

La República de Panamá tiene tres procuradores de la Nación. Ana Matilde Gómez se mantendrá en el cargo hasta el próximo jueves cuando sea notificada mediante la resolución de la Corte, por la que es suspendida del cargo. Para reemplazarla en su ausencia, Gómez designó al Fiscal Auxiliar, Luis Martínez y la legitimidad de esta decisión es puesta en duda por algunos abogados.

Para algunos juristas, la movida de Gómez no es viable porque el estatus de "suspendida" que le dio la Corte Suprema de Justicia la inhabilita para acogerse al artículo 224 para nombrar a su sucesor en el cargo.

El abogado Giuseppe Bonissi, quien en la campaña política se declaró disidente del Partido Liberal en apoyo a la candidatura de Ricardo Martinelli, surge como Procurador suplente a esperas de que el Consejo de Gabinete los ratifique en el cargo.

El ex diputado y ex magistrado de la Corte Suprema, Jerry Wilson, consideró que la figura del Procurador suplente desapareció en las últimas reformas constitucionales y ahora se habla de la figura de Procurador encargado.

A su entender, habrá que designar un nuevo Procurador con carácter temporal y es potestad del �rgano Ejecutivo nombrar al nuevo Procurador encargado. Bajo esta premisa, Bonissi tendría la legitimidad para ocupar el despacho de Gómez a partir del jueves 4 de febrero.

NO HAY VACIO
El perredista consideró que no existe ningún vacío en la Constitución ante la salida de la Procuradora de la Nación por orden de la Corte bajo el estatus de "suspendida".

Intimidades del debate a lo interno del pleno de la Corte, previo a la decisión 5 a 4 que sacó a Gómez del cargo, dan cuenta que se escenificó una polémica que dio origen a dos resoluciones, cuyo fin era reemplazar a la Procuradora.

La primera resolución hablaba de "separar" del cargo a Gómez y dejar establecida en esa primera resolución la interpretación constitución de la Corte de que le correspondería al �rgano Ejecutivo nombrar a su reemplazo.

En el camino, la primera resolución fue reemplaza por una redacción que sustituyó el término "separación" por "suspensión", esto con el objeto de dejar sobreentendido que Gómez no podría designar su reemplazo y en su lugar, le correspondería a las autoridades competentes (�rgano Ejecutivo) completar esa tarea, según señala la Constitución en su artículo N�200, numeral 2.

CONSTITUCION ES CLARA
En la tarde de ayer, la Presidencia de la República informó que el Consejo de Gabinete aún no ha acordado el nombramiento del Procurador suplente, en reemplazo de la titular actual Ana Matilde Gómez.

A través de un comunicado, la Presidencia aclaró que el Gobierno Nacional "designará" como procurador de la Nación suplente a Giuseppe Bonissi y que "tal decisión está fundamentada en lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo 200 de la Constitución Política de la República de Panamá".

El artículo de 200 de la Constitución establece que son funciones del Consejo de Gabinete acordar con el Presidente de la República los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Procurador General de la Nación, del Procurador de la Administración, y de sus respectivos suplentes, con sujeción a la aprobación de la Asamblea Nacional.

La Presidencia señaló que con lo dispuesto en el artículo 200 de la Constitución "queda absolutamente claro, que la facultad de designar un Procurador encargado que cubra las ausencias temporales del titular, solo es ejercida ante la falta de un nombramiento formal de un Procurador suplente".

Al final, la decisión de reemplazar a Gómez debe ser avalada por el pleno de la Asamblea Nacional.

 

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