| 
         La actuación de
        la Junta Provisional de Gobierno y la Constitución de
        1904 
          
        Nicanor
        A. De Obarrio
        ............................................. 
        Dra. Patricia Pizzurno 
        Dr. Celestino Andrés Araúz 
        La Junta Provisional de Gobierno integrada por José
        Agustín Arango, Tomás Arias y Federico Boyd, gobernó
        entre el 4 de noviembre de 1903 y el 20 de febrero de 1904, cuando
        asumió la presidencia de la República Manuel Amador
        Guerrero. Durante este tiempo se crearon seis Ministerios, a
        saber: Gobierno, que fue ocupado por Eusebio A. Morales, Relaciones
        Exteriores por Francisco V. de la Espriella; Justicia a cargo
        de Carlos A. Mendoza; Guerra y Marina para el cual se nombró
        a Nicanor De Obarrio; Hacienda al frente del cual estuvo Manuel
        E. Amador , e Instrucción Pública a cargo de Nicolás
        Victoria Jaén. Entre las obras administrativas más
        destacadas de la Junta están la creación de la
        Provicncia de Bocas del Toro. En el campo de las relaciones exteriores
        nombró a Philippe Bunau Varilla como Ministro Plenipotenciario
        de Panamá en los Estados Unidos con el fin de que firmara
        el Tratado canalero, cumpliendo así con la promesa realizada
        por Amador Guerrero al ingeniero francés. Pero sin pérdida
        de tiempo, la Junta designó una Comisión integrada
        por el propio Amador Guerrero y Federico Boyd, bajo la asesoría
        jurídica de Pablo Arosemena con el objetivo de que se
        trasladara a Washington para supervisar la negociación
        y firma del Tratado. Igualmente, le cupo ratificar el Tratado
        Hay-Bunau Varilla, pese a que en su Informe reconoció
        que no era el mejor pacto contractual, como veremos más
        adelante.  
        Respecto a los diez millones
        que Panamá recibió como compensación de
        los Estados Unidos, por la firma del Tratado, la Junta Provisional
        de Gobierno hizo atinadas observaciones y recomendaciones , respecto
        a su uso, que después serían consignadas en la
        Constitución Nacional. La Junta recomendó que,
        por razones de prudencia, solo dos millones entraran al país
        y la suma restante fuera colocada en el extranjero, con el fin
        de que las futuras generaciones también pudieran tener
        acceso a los dividendos que reportaran. A partir de entonces,
        se conocieron como "Los Millones de la Posteridad". 
        En diciembre de 1903, se reunió
        la Asamblea Nacional Constituyente, integrada por conservadores
        y liberales, con el fin de redactar la Constitución de
        la nueva República. Esta Convención cumplió
        además funciones legislativas hasta la instalación
        de la Asamblea Nacional a mediados de 1904. 
        Estuvo presidida por Pablo Arosemena
        y fue la encargada de nombrar al primer Presidente de la República,
        cargo que recayó, como sabemos, en la figura del doctor
        Manuel Amador Guerrero. 
        La primera Constitución
        Nacional promulgada el 20 de febrero de 1904, estaba inspirada
        en la Constitución colombiana de 1886 y era, por lo tanto,
        de corte netamente conservador. Uno de los artículos más
        polémicos de esta Carta Magna fue el 136 que le permitía
        a los Estados Unidos intervenir en cualquier punto del territorio
        nacional en caso de alteración de la paz o del orden constitucional.
        El autor del artículo fue el prócer Tomás
        Arias, conjuntamente con el cónsul de los Estados Unidos
        William Insco Buchanan. Algunos liberales como Buenaventura Correoso
        y Carlos A. Mendoza se opusieron a su inclusión, pues
        lesionaba la soberanía nacional. 
        Otro artículo interesante
        era el 138 que reservaba seis de los diez millones pagados por
        los Estados Unidos, para ser invertidos en seguridades que produjeran
        una renta fija anual. Durante el gobierno de Amador Guerrero
        este fondo se invirtió en hipotecas en la ciudad de Nueva
        York. Esta colocación fue el origen del Fondo Constitucional
        también conocido como los Millones de la Posteridad.  |