El proyecto de modificación a los artículos del Código Judicial, referente a los suplentes de magistrados y jueces, fue aprobado en tercer debate en el pleno de la Asamblea Nacional.
De acuerdo con el diputado Hernán Delgado, los que suplan a los magistrados de los tribunales superiores y a los jueces de circuito tendrán que estar adscritos al Órgano Judicial, es decir, tienen que ser servidores públicos del sistema judicial, especialmente del área procesal, y provenientes, preferiblemente, de la carrera judicial.
En la designación de los suplentes de magistrados, se incorporaba a los profesionales del Derecho que no pertenecen al Órgano Judicial, pasando de la gestión a la actuación, sin que el sistema les haya podido brindar la capacitación que demanda la sagrada función de administrar justicia.
El actual sistema permite que abogados litigantes queden como suplente en instancias jurisdiccionales, en las cuales muchas veces ejercen, generando impedimentos o recusaciones.
De acuerdo con la propuesta que presentó en su momento el ex presidente de la Corte Suprema de Justicia, Harley Mitchel, las personas que se nombren suplentes de magistrados y jueces, así como de los agentes del Ministerio Público, deben tener las mismas condiciones de idoneidad que se exige a los principales.