El ex alcalde de La Chorrera, Elías Castillo Domínguez, fue condenado a tres años de cárcel y al pago de una indemnización de B/. 8 mil por el delito de violación carnal a una menor.
De acuerdo al juez Ricardo Mazza, del juzgado penal del tercer circuito judicial en este distrito, Castillo aún se encuentra en edad suficiente para cumplir la condena en un centro de reclusión, a pesar de que éste sufre de una dolencia conocida como Aneurisma Cerebral que en repetidas ocasiones lo ha obligado a estar recluido en centros hospitalarios de la capital.
Castillo había sido beneficiado desde 1998 con una medida cautelar de casa por cárcel, teniendo que notificarse cada determinado tiempo en el Juzgado Segundo Penal, en La Chorrera, luego que en el mes de marzo de ese año se viera obligado a renunciar al cargo de alcalde de La Chorrera, según él, por razones de salud y para dejar de ser un objetivo político de campañas de prensa gestadas por miembros del Partido Revolucionario Democrático, al cual pertenece.
Agregó el Juez Mazza que esta sentencia podrá ser apelada por el abogado defensor de Castillo, Rogelio Cruz, el Ministerio Público o el abogado de la parte acusadora, Fernando Peñuelos ante los tribunales de justicia.
De acuerdo al juez Mazza, el hecho punible quedó acreditado con la presentación de los certificados médicos legales, de los exámenes practicados a la menor, además de las pruebas recabadas de la visita a los hoteles y los señalamientos hechos por la madre de la menor, quien reiteró en sus señalamientos el día de la audiencia.
El proceso contra el ex alcalde se había efectuado el 8 de junio de este año y en ella el fiscal Primero de Circuito de La Chorrera, Sofanor Espinoza y el abogado acusador Fernando Peñuelos, pidieron la condena de éste y una indemnización de B/.16 mil por el delito contra el pudor y la libertada sexual de la menor de 13 años (actualmente de 16).
No obstante, los tres años de prisión a que fue condenado el ex alcalde Castillo, miembro fundador del Partido Revolucionario Democrático (PRD), podrán ser conmutado por el pago de días multas, aunque no se estableció el monto al cual equivaldría. |