Hablamos y hemos escuchado hablar de las constituciones políticas de fecundidades extraordinarias en el acontecer diario, documento aclamado con altivez, tendiente a dirigir los destinos de los pueblos civilizados, aupados por ideales modernos.
Soy completamente lego en asuntos legales pero deseo que estos dos artículos sucesivos pueden servir de norte a mi pueblo ofreciéndoles las consideraciones y los conocimientos sobre la Constitución Política.
Podemos definirla como el conjunto de normas jurídicas fundamentales que imponen reglamentaciones a gobernantes y gobernados.
También le podemos llamar Carta Magna o Ley Suprema, cuyos orígenes se remontan a la Edad Media, cuando en el año 1215 se firma la Carta Magna de Inglaterra, luego un acontecimiento trascendental, la Revolución Francesa, viene a rubricar el nacimiento de las constituciones modernas, ya en la Era Contemporánea, siendo las primeras las de Estados Unidos, España, Argentina y Francia.
Aquí en Panamá hemos tenido en nuestra corta vida independiente cuatro constituciones, la de 1904, 1941, 1946, 1972, esta última reformada dos veces, en el año 1978 sufrió la primera enmienda y la segunda en el año 1983.
Requisitos de una Constitución. Para que cumpla una edificante función debe reunir las siguientes condiciones: ser democrática, redactada, discutida y aprobada por el pueblo a través de una Constituyente. De composición flexible, porque permite ser reformada o aceptar cambios. Ser sintética, explicar en pocas palabras el sentido de la Ley. Las limitaciones sociales son necesarias, donde lo viejo reclama transformaciones urgentes inaplazables, con redoblada insistencias innovadoras. No puede haber libertad sin responsabilidad!