Alcaldía reitera disposiciones
en materia de propaganda electoral
Domayko Olivares P.
Crítica en Línea
Con motivo de la proliferación
de anuncios referentes al próximo Referendum, la Alcaldía
reiteró al conocimiento público el Decreto que establece disposiciones
en materia de propaganda electoral.
El Decreto 233, del 29 de junio de 1998, contempla las disposiciones
de carácter especial, entre ellas, el retiro de la propaganda electoral,
una vez termine el proceso de elecciones. Para ello la Dirección
de Ornato y Medio Ambiente elaborará un registro de vallas y anuncios
mencionados, con el fin de informar al T.E. sobre la ubicación para
solicitar el retiro de las mismas, entregando además para los efectos
el presupuesto que la labor de limpieza conlleva.
Con respecto a las restricciones en las que está sujeta la propaganda
electoral, está prohibido que se fijen en edificios y monumentos
públicos; coliseos deportivos públicos; sitios de interés
histórico y cultural; hospitales, colegios, iglesias y templos, tendidos
eléctricos y telefónicos, salvo los postes; en señales
de tránsito y sus leyendas. En los árboles no puede fijarse
propaganda electoral con clavos y otros medios que lo afecten.

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El Decreto 233, del 29 de junio de 1998, contempla las disposiciones
de carácter especial, entre ellas, el retiro de la propaganda electoral,
una vez termine el proceso de elecciones. |

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