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CLICAC: POR PRACTICAS MONOPOLISTAS
Le caerán en pandilla a las harineras
Harinas Panamá S.A., Harinas del Istmo S.A., Gold Mills S.A. y Oro del Norte S.A. fueron declaradas culpables de ponerse de acuerdo en el establecimiento de precios de la harina entre noviembre de 1996 y septiembre de 1997 y repartirse el mercado nacional (de 120 millones de quintales en esa época).

Eliécer Navarro | Crítica en Línea

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El acuerdo entre las harineras consistió en dividirse el mercado en 35% para las dos harineras más grandes y 15% para las más pequeñas; además de fijar el precio para las variedades de harina primavera, suave, pulidura y afrecho.

La confirmación de la sentencia condenatoria por prácticas monopolísticas emitida por el Tercer Tribunal de Justicia contra las cuatro principales harineras del país podría significarle a estas empresas una avalancha de demandas por parte de panaderías y consumidores en todo el territorio nacional.

Así lo hizo saber ayer la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor (CLICAC) y la Unión Nacional de Consumidores de Panamá (UNCUREPA), quienes entablaron un pleito legal con las harineras que concluyó con el mencionado fallo, el cual es inapelable.

Según Giovanni Fletcher, representante legal de UNCUREPA, la entidad está evaluando junto con consumidores interesados interponer contra las harineras una demanda de acción de clase, que cabe en los casos en que un grupo de personas ha resultado con daños y perjuicios por causa de un producto o servicio.

Por otro lado, el Comisionado de CLICAC, Gustavo Paredes, sostuvo que este fallo abre las posibilidades para que toda panadería o intermediario en el mercado de pan que haya comprado harina a las cuatro empresas, puede interponer sus propias demandas por daños y perjuicios, ya sea individual o colectivamente.

Paredes reveló que varias panaderías nacionales y vendedores industriales de pan se han pedido asesoría a la CLICAC para interponer demandas en el futuro cercano.

Harinas Panamá S.A., Harinas del Istmo S.A., Gold Mills S.A. y Oro del Norte S.A. fueron declaradas culpables de ponerse de acuerdo en el establecimiento de precios de la harina entre noviembre de 1996 y septiembre de 1997 y repartirse el mercado nacional (de 120 millones de quintales en esa época); lo que representa un caso de práctica monopolística.

La CLICAC ahora podrá proceder a interponer multas de B/.100 mil a cada una de las harineras en base a la ley 29 de 1996, y los afectados que entablen demandas podrían recibir hasta 3 veces el monto del daño económico.



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