Millones de cooperativistas en todo el mundo, celebran hoy el Día Internacional de las Cooperativas", instituido por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), mediante Resolución 47
90.
En 1923 el Comité Ejecutivo de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) hizo la recomendación y la ONU acogió la iniciativa y por medio de la Resolución aludida decretó que a partir del mes de julio de 1995 se celebrara el "Día Internacional de las Cooperativas", conmemorando así los cien años de fundada la ACI.
La ACI fue fundada en Londres, Inglaterra, en 1895, y en ese entonces reunía organizaciones cooperativas de cien países en el mundo, con un total de más de 700 millones de asociados.
En Panamá, miles de cooperativistas se han dado cita hoy en la Provincia de Bocas del Toro, sede de la celebración y coincidentalmente lugar donde se fundó la primera cooperativa en nuestro país. Allí se encuentra la Cooperativa Cacao Bocatoreña, fundada en 1947, en el Distrito de Almirante como cooperativa agrícola. Hoy es una cooperativa de servicios múltiples, con una membresía de 526 asociados y asociadas.
En Bocas del Toro, según datos estadísticos del IPACOOP, hasta el 31 de marzo del presente año están operando 13 cooperativas, entre urbanas y rurales, con un total de 33l5 asociados y asociadas.
Al celebrar hoy el " Día Internacional de las Cooperativas", instamos al gobierno de la Patria Nueva para que le brinde mayor atención al movimiento cooperativo, que es considerado "un sistema solidario, corrector de las distorsiones del mercado y de las ausencias del Estado... el auténtico cooperativismo es un puente sólido y espacioso entre el Estado y el Mercado".
Se ha dado en señalar, desde hace mucho, que los servidores públicos utilizan parte de su horario para dedicarlo a otras actividades personales. Eso indudablemente constituye un acto de corrupción que el ciudadano común lo califica como corrupción.
El Código de Ética, de estricto cumplimiento para todos los servidores públicos señala en su artículo 26. " el servidor público debe usar el tiempo comprendido dentro de su horario de trabajo, en un esfuerzo responsable para cumplir con sus quehaceres. Debe desempeñar sus funciones de una manera eficiente y eficaz y velar para que sus subordinados actúen de la misma manera. No debe fomentar, exigir o solicitar a sus subordinados que empleen el horario de trabajo para realizar actividades que no son las que se les requieran para el desempeño de los deberes a su cargo".
El Código de Ética, establecido en el Decreto Ejecutivo No. 246, de 15 de diciembre de 2004, es "de estricto cumplimiento para todos los servidores públicos del gobierno central, entidades autónomas, semi-autónomas y gobiernos locales", por lo que debe ser de estricto cumplimiento y el ciudadano común y corriente, velar porque se cumplan estas disposiciones y no queden como gran cantidad de leyes, que son "letra muerta".