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Partidos políticos tendrán líneas telefónicas gratis

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Emmy R. Moreno D.
Crítica en Línea

El Tribunal Electoral (T.E.), con el propósito de ampliar los criterios establecidos en el artículo 166 del Código Electoral, reglamentó el uso de la línea telefónica a que tienen derecho los partidos políticos.

De acuerdo con el artículo 166 del Código Electoral, los partidos políticos gozarán de una línea telefónica sin cargos, con franquicias para llamadas locales en una sede permanente que tenga establecida en las cabeceras provinciales, sin embargo no quedó claro qué llamadas son incluidas y cuáles excluidas.

El Decreto establece en su artículo 1 que el concepto de franquicia gratuita para llamadas locales al que se refiere el precepto 166 incluye la tarifa fija para llamadas y de larga distancia a nivel nacional.

De igual manera, señala que quedan excluidas de la fragancia gratuita las llamadas internacionales y a teléfonos celulares, con lo cual queda claramente establecido que las llamadas locales, descrita en la norma, son las que se extienden dentro del territorio nacional.

El T.E., consideró que era necesario reglamentar dicha norma, ya que la privatización del INTEL y el cambio en el sistema de tarifas telefónicas para las llamadas celebradas en base a su duración y otras fijas de tiempo ilimitado, podría traer diferentes interpretaciones.

 

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