La Dirección General de Ingresos (DGI) habilitó el martes 3 de mayo para el pago, sin recargo ni intereses, del impuesto de inmuebles y para la presentación de cualquier documento u obligación, cuyo vencimiento según el calendario tributario, sea el sábado 30 de abril. La medida se adopta debido a que el lunes 2 de mayo es de descanso obligatorio a nivel nacional.
Igualmente, la DGI recuerda a los contribuyentes que según lo dispuesto en la Ley 6 de 2 de febrero de 2005 sobre Equidad Fiscal, se estableció una moratoria para el pago del Impuesto de Inmuebles hasta el 30 de junio del presente año. En la ley se establece una tarifa progresiva combinada alternativa del Impuesto de inmueble que van desde 0.70% al 1%.